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Inicio · Cumplimiento legal

Lo que la ley guatemalteca le exige en salud ocupacional

El Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional aplica a toda empresa del país, pública o privada, sin importar el tamaño de la planilla. Esta página explica qué obliga y qué parte cubrimos nosotros.

229-2014Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional
33-2016Primera reforma al reglamento
57-2022Actualización vigente
19-2023Última reforma incorporada
486-2023Comités Bipartitos de SSO — sustituye al 23-2017

El objetivo declarado del Acuerdo Gubernativo 229-2014 es regular las condiciones mínimas de salud y seguridad ocupacional para proteger la vida, la seguridad, la salud y la integridad de todo trabajador en un lugar de trabajo. Sus reformas —33-2016, 57-2022 y 19-2023— ampliaron y actualizaron ese marco. Aparte, el Acuerdo Ministerial 486-2023 rige desde el 25 de noviembre de 2023 la constitución y el funcionamiento de los Comités Bipartitos de Salud y Seguridad Ocupacional, y derogó al Acuerdo Ministerial 23-2017.


Obligación por obligación

Traducido a lo que un gerente tiene que poder mostrar el día de la inspección.

01

Plan de Salud y Seguridad Ocupacional

Lo que exige la ley: un plan documentado, específico para su empresa y sus riesgos, elaborado por profesional acreditado.

Lo que hacemos: lo elaboramos y lo firma un médico registrado ante el Departamento de Salud y Seguridad Ocupacional del MINTRAB.

02

Personal de salud dentro del área de SSO

Lo que exige la ley: por la normativa vigente, el personal de salud forma parte del área de Salud y Seguridad Ocupacional de la empresa.

Lo que hacemos: aportamos médico orientado a SSO y/o enfermería empresarial, con dirección médica que responde por el criterio clínico.

03

Exámenes médicos de los trabajadores

Lo que exige la ley: evaluación médica pre-empleo y control periódico del estado de salud, ligados al puesto y a la exposición.

Lo que hacemos: exámenes pre-empleo, de control anual y especiales, con dictamen de aptitud y recomendaciones por plaza.

04

Capacitación y charlas obligatorias

Lo que exige la ley: formar y concientizar al trabajador en prevención, conforme al listado emitido por el Ministerio de Trabajo.

Lo que hacemos: impartimos las charlas del listado MINTRAB y las de seguridad industrial que su comité solicite, con registro de asistencia como evidencia.

05

Registro y expediente médico

Lo que exige la ley: documentación disponible y trazable de la atención y del estado de salud de la población trabajadora.

Lo que hacemos: llevamos expediente ordenado por colaborador y entregamos cuadros estadísticos de morbilidad y ausentismo.

06

Prevención y vigilancia epidemiológica

Lo que exige la ley: acciones orientadas a prevenir enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo.

Lo que hacemos: esquemas de vacunación, jornadas de salud según su matriz de riesgo y corredor endémico propio de su planta.


Médicos certificados, no solo médicos

Contar con un médico no equivale a cumplir. El reglamento pide profesionales registrados ante el Departamento de Salud y Seguridad Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Previsión Social para los procesos laborales y la elaboración de planes de salud.

Nuestro equipo cuenta con esa constancia de registro vigente. Es la diferencia entre un plan que la inspección acepta y uno que hay que rehacer.

Reconocidos por el Ministerio de Trabajo en su área de Salud y Seguridad Ocupacional como médicos certificados para los procesos laborales y la realización de planes de salud.
Recorrido de evaluación en planta industrial para levantar el plan de salud

Preguntas que nos hacen siempre

¿Aplica si mi empresa es pequeña?

El reglamento aplica a todo lugar de trabajo, sin distinción de tamaño. Lo que cambia es el alcance del programa: no es lo mismo una planta de 800 colaboradores con turnos rotativos que una oficina de 30. Por eso el diagnóstico es el primer paso.

Ya tengo enfermera contratada. ¿Sirve?

Sirve como base, pero rara vez basta: falta la dirección médica, el plan firmado por médico registrado y la evidencia documental. En esos casos entramos como dirección y sistema, no reemplazando a su personal.

¿Cuánto tarda en estar listo el Plan de Salud?

Depende del tamaño de la operación y de qué tan levantada esté su matriz de riesgo. Después del diagnóstico le damos una fecha concreta, no un rango vago.

¿Trabajan fuera de la capital?

Sí. Atendemos operaciones en todo el territorio nacional; la logística se define según la ubicación y el esquema de turnos de la planta.

¿Está en regla o solo eso cree?

Le hacemos la revisión documental sin costo y le entregamos por escrito qué exige la ley, qué tiene cubierto y qué le falta.